El Atuendo en Sala

Jun 13, 2025 | Dignidad Profesional

El pasado viernes asistí como público a un juicio de uno de mis compañeros de despacho. En la defensa intervenían dos jóvenes abogadas que llamaron mi atención —no por su pericia, que no me corresponde juzgar, sino por su atuendo—. Una de ellas compareció con pantalón corto tipo short y botines de tacón alto. La otra, con un elegante traje, comprendía bien la importancia del contexto.

Permítanme una aclaración previa: no critico —faltaría más— el uso de shorts, escotes o cualquier otra prenda similar. Yo misma recurro a ellos en circunstancias apropiadas. El estilo personal es un derecho y, a su vez, una manifestación legítima de nuestra individualidad.

Sin embargo, si algo demanda la solemnidad de un juicio es precisamente el respeto por las formas.

La imagen, en nuestra profesión, precede a las palabras. Antes de que articulemos el primer argumento, ya hemos sido, consciente o inconscientemente, evaluados. Clientes, compañeros y —sobre todo— el Tribunal forman su primera impresión por lo que decimos y por cómo nos presentamos.
Cuando cuidamos nuestra apariencia, respetamos la función jurisdiccional; respetamos al cliente que ha depositado su confianza en nosotros; nos respetamos, en definitiva, a nosotros mismos y a la nobleza de la profesión que representamos porque en Sala nuestra persona representa algo más grande que nosotros mismos: representa a la abogacía entera.

Algunos defenderán que la verdadera calidad de un abogado reside en su competencia técnica y que la vestimenta no debería ser objeto de escrutinio. Y aunque no les falte cierta razón, permítanme disentir: el fondo importa, pero la forma también. Ambas dimensiones son inseparables si aspiramos a ejercer la abogacía con la dignidad que merece.

El propio Reglamento sobre Protocolo en los Actos Judiciales Solemnes, en su artículo 33, señala:
“Fiscales, Secretarios, Jueces de Paz, Abogados del Estado y demás Letrados de Servicios Jurídicos de las Administraciones Públicas, Abogados, Procuradores (…). En todo acto jurisdiccional llevarán traje o vestimenta acorde con la solemnidad del acto”.

Y el Estatuto General de la Abogacía, en su artículo 37.1, reafirma:

“Los abogados comparecerán ante los Tribunales vistiendo toga y, potestativamente, birrete, sin distintivo de ninguna clase, salvo el colegial, y adecuarán su indumentaria a la dignidad y prestigio de la toga que visten y al respeto a la Justicia”.
Estos preceptos no son meras fórmulas rituales. Reflejan la convicción de que el respeto por las formas enaltecen el proceso.

Sé que esta reflexión podrá ser criticada y —probablemente descontextualizada. Lo asumo con serenidad. No se trata, insisto, de un reproche, sino de una invitación a la reflexión, dirigida especialmente a quienes se inician en esta profesión y aún no han reparado en la sutil pero poderosa influencia que ejerce la imagen en Sala.

El consejo es sencillo, como las lentejas: si quieres, lo tomas; si no, lo dejas.

(Foto:Freepik)

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